A pesar de que Renzo Fuentealba no salió de su casa a protestar el mediodía del viernes 31 de enero de 2020, volvió a la madrugada siguiente con lesiones en sus muñecas, cuello y nariz. Su tabique estaba desviado. Por esos hechos, hace un mes, los carabineros Nicolás Neira Durán y Gustavo Ferrada Vásquez fueron condenados a cinco y cuatro años y un día de cárcel, respectivamente, por el delito de tortura, tras un recurso de nulidad que obligó a repetir el juicio. Pese a los intentos de dilatar el proceso, táctica seguida incluso por el ex general director Ricardo Yañez en su defensa, este veredicto trae a flote una verdad institucional que parece olvidada a cinco años de Estallido Social: las fuerzas del Estado vulneraron los Derechos Humanos de forma masiva y generalizada entre octubre de 2019 y marzo de 2020.


Pese a que cientos de miles de chilenas y chilenos, desde el 18 de octubre de 2019, se congregaron cada viernes en el centro de Santiago para protestar, ese no fue el caso de Renzo Fuentealba Saldivia el 31 de enero de 2020. Junto a su hermano mayor Bruno y su cuñada, Camila, se dirigieron al mediodía de aquel viernes a comprar zapatillas al Eurocentro. 

Tras estacionar su auto cerca del cerro Santa Lucía y caminar hacia el centro comercial, el grupo descubrió que en la Alameda, un par de Carabineros, el teniente Nicolás Neira Durán y el cabo 2° Gustavo Ferrada Vásquez, se encontraba fiscalizando a una vendedora ambulante. Fue en ese momento cuando Bruno —como una manera de mostrar su descontento— simuló arcadas y gestos de náuseas: la acción policial le pareció desmedida. Sin embargo, debido a la afrenta, el teniente Neira se acercó a realizarle un control preventivo de identidad que le pareció eterno por el tiempo que duró. Tras esperar cerca de media hora a que terminara el procedimiento, Renzo le exigió al funcionario la devolución del documento y ambos entraron en una guerra de insultos verbales que se transformó en algo mayor.

Fue ahí cuando el menor de los Fuentealba Saldivia —ofuscado— le quitó la cédula de las manos al policía, en una acción de la que se arrepiente hasta el día de hoy, y descendió al Metro Universidad de Chile, entre Estado y Ahumada.

“¡Deténgalo, está robando!”, gritaban los policías mientras lo perseguían, lo que provocó que un transeúnte hiciera una zancadilla que estrelló a Renzo Fuentealba contra el piso. Tras la caída se sumaron lumazos y golpes sin límite ni sentido; el procedimiento se alejaba de todo protocolo institucional. El teniente Neira le propinó un puntapié que provocó una fractura de huesos nasales con desplazamiento de tabique. Fuentealba sintió sus huesos crujir.

Tras llevarlo al exterior de la estación, la pareja de policías decidió trasladar a Renzo a pie, aún sangrando, hasta la Primera Comisaría de Santiago. “Te vamos a hacer cagar”, le decían, mientras Neira y Ferrada se turnaban para apretarle las esposas y doblar sus dedos en el camino, lo que provocó que sufriera síndrome de túnel carpiano e insensibilidad en los pulgares por un año.

Pero la crueldad no terminó. Al llegar a la calle Mac Iver, se ubicaron tras un retén a las afueras de la comisaría y, mientras el resto de funcionarios lo sujetaban, Neira intentaba asfixiar al recién detenido de manera intermitente. “Tenía cara de miedo, odio, le sudaba la cara. Lo hizo unas cinco o seis veces”, recordaría Renzo ante el 4° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Santiago. 

Finalmente, el teniente ordenó a sus compañeros que le hicieran “el barquito”: lo tomaron de pies y manos y lo estrellaron contra el portón de la comisaría. 

Casos documentados

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) registró que, desde el 17 de octubre de 2019 hasta el 31 de enero de 2020, hubo al menos 139 golpizas injustificadas contra civiles en la Región Metropolitana por parte de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública. A nivel nacional, la cifra asciende a 697 casos. 

Al respecto, Belén Cabrera y Carla Hernández, periodistas de la Universidad de Chile y autoras del reportaje “Puente Alto, la segunda zona cero” —sobre violencia policial durante el Estallido Social—, señalan que, por ejemplo, “en reiteradas ocasiones las mismas comisarías carecían de un registro que comprobase lo sucedido, incluso, algunos lugares sin cámaras de vigilancia eran los escogidos para realizar estas malas prácticas. Los funcionarios policiales solían escoger aquellos puntos ciegos para no dejar pruebas”.

Según información que las periodistas solicitaron por Ley de Transparencia, entre el 18 de octubre de 2019 y el 17 de enero de 2020 se presentaron un total de 581 delitos denunciados contra agentes estatales, de los cuales cerca del 93% corresponden a Carabineros. Una cifra alta sin considerar todos aquellos apremios que, por darse en poblaciones o localidades lejanas, no fueron acreditados ante la justicia.

Respecto al caso de Renzo Fuentealba, tras la detención, fue entrevistado por una funcionaria del INDH, y puesto en libertad cerca de la medianoche, tras lo cual concurrió a constatar lesiones que acreditaron afectaciones en las muñecas, el cuello y la nariz.  Eso, junto a la obstrucción nasal y desviación del tabique, lo que requirió una operación a mediados de 2022.

El proceso judicial

Fue en julio del 2020 cuando el INDH interpuso una querella ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago en contra de “todos aquellos que resulten responsables” por el delito de torturas cometidas a Renzo Fuentealba, definido por el artículo 150 A del Código Penal como “todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos; con el fin de obtener de ella o de un tercero información, declaración o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se le impute haber cometido”.

Después de dos años y medio de investigación, el tribunal, tras dictar arraigo nacional, firma quincenal y prohibición de acercarse a la víctima, remitió los antecedentes al 4° TOP en enero de 2024, que comenzó el juicio contra los uniformados en marzo. Pese a que dicho proceso concluyó con una condena a cinco años de cárcel a cada uno, un recurso de nulidad interpuesto en mayo ante la Corte de Apelaciones de Santiago obligó a repetir el proceso, que culminó el pasado 26 de agosto. 

Esta vez, fueron condenados a cinco y cuatro años y un día, respectivamente, dada la mayor antigüedad policial del teniente Neira, pese a que el Ministerio Público y el INDH solicitaban diez años de presidio.

Tras el segundo fallo en su contra, la defensa recurrió al Tribunal Constitucional (TC), a comienzos de septiembre en búsqueda de la “inaplicabilidad por inconstitucionalidad” que, según explica un documento del Poder Judicial, suspendió el procedimiento hasta la resolución del TC. “Eso es un requerimiento sólo respecto de la forma de cumplir la pena”, explica Beatriz Contreras, jefa regional metropolitana del INDH, quien además aseguró que es un recurso que “no procede”.

Además, la abogada acusa que las maniobras de la defensa de los uniformados generan una gran revictimización en los denunciantes: “No es fácil repetir todo un juicio y tener que pasar por todo de nuevo, sobre todo considerando la cantidad de años que han pasado”

Es por lo mismo que Renzo Fuentealba rechazó participar en este reportaje. La querella fue ingresada hace cuatro años y, desde entonces, ha sido llamado a declarar cerca de diez veces; varias de ellas le dijeron que sería la última. “Estoy exhausto de tener que contar muchas veces una historia para que se haga justicia. Es agotador y dañino”, señaló a este medio.

Pese a que el INDH presentó 3.216 querellas por vulneraciones a los Derechos Humanos en el marco del Estallido Social entre el 17 de octubre de 2019 y el 18 de marzo de 2020, sólo 33 de estos recursos tienen sentencias condenatorias, lo que constituye apenas el 1% de los casos. De este universo, el caso de Neira y Ferrada es el primero en que se sanciona a Carabineros por el delito de torturas. 

—Por otro lado, ha costado mucho que los tribunales y los operadores de justicia comprendan un concepto moderno de tortura y se desliguen de lo que fue en el contexto de la dictadura—, explica Contreras.

Consultados por Doble Espacio, Carabineros también declinó entregar declaraciones, señalando que “no comentan fallos judiciales”.

Carabineros y la no repetición

Pese a que aún existe discusión respecto del carácter generalizado y sistemático de las violaciones a los Derechos Humanos en el Estallido Social, la mayoría de organizaciones coinciden en que fueron masivas y generalizadas. Señalan también que la instancia para demostrarlo será el juicio contra el alto mando de la institución policial, que comenzará el próximo 1 de octubre. 

La abogada Karinna Fernández, querellante del caso, señala que “los tribunales se resisten a aplicar la figura de torturas, principalmente por el respaldo que intentan darle a Carabineros, no calificando ciertos hechos de tortura, sino como apremios ilegítimos o violencias innecesarias”.

“El general director no rindió cuentas, no entregó información ni declaró, todo con el beneplácito del Gobierno. El presidente Piñera removió a tres generales directores, mientras que Boric no removió a uno que está imputado por graves omisiones constitutivas de violaciones a los Derechos Humanos”, acusa Fernández.

El delito de apremios ilegítimos tiene un plazo de prescripción de cinco años: es decir, después de dicho plazo desde su ejecución, no pueden seguir siendo denunciados. Esto significa que, a partir del 18 de octubre, cada día será una cuenta regresiva.

Para la abogada Belén Bravo, coordinadora jurídica de Amnistía Internacional Chile, el Ejecutivo no ha avanzado lo suficiente en la abandonada reforma propuesta a Carabineros y en la reparación integral de las violaciones a los Derechos Humanos cometidas entre octubre de 2019 y marzo de 2020. “Yo temo que volvamos a los 50 años de esto y ocurra lo mismo que con la dictadura, es decir, que no se haya avanzado en verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. La deuda que tiene el Estado es gigante”, señala.

Hasta el cierre de esta edición, la causa contra Neira y Ferrada se encontraba en fase de “impugnación”, según señala la página web del Poder Judicial.

Pese al intento de la defensa de dilatar el proceso, esta táctica no es extraña en Carabineros: el propio general (R) Ricardo Yañez intentó aplazar su formalización hasta el último día de su mandato en la institución, a la que renunció el pasado 27 de septiembre. Sin embargo, esta histórica condena contribuye al establecimiento de una verdad que, a cinco años, parece olvidada: el Estado chileno vulneró de manera masiva y generalizada los Derechos Humanos en el contexto del Estallido Social.

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