De acuerdo a cifras del Servicio Nacional de Migraciones (SNM), entre 2010 y 2021, solo se le otorgó refugio al 3,2% de los migrantes que lo solicitaron. Se trata, entonces, de un proceso altamente exigente, y que además tarda bastante. Los expertos hablan de una espera de entre cuatro y cinco años.
Pocos días después de que se entregará la propuesta de Nueva Constitución, la alcaldesa de Providencia, Evelyn Matthei (UDI) y el alcalde de Puente Alto, Germán Codina (RN), se trasladaron al norte del país para hacer campaña por el Rechazo. El viaje, que incluyó visitas a Iquique y Colchane, fue anunciado en punto de prensa la mañana del lunes 18 de julio.
En esa oportunidad, Matthei dijo ante las cámaras que: “Este proyecto de Constitución prohibiría echar del país a delincuentes, aunque sean delincuentes muy peligrosos si ellos piden refugio”. Y luego agregó: “El refugio no es algo que se conceda, se pide solamente, por el hecho de pedirlo ya no se le podría expulsar”.
Sus declaraciones, que de acuerdo a lo señalado por distintos medios de comunicación, contenían información falsa, pusieron en la palestra un concepto y un mecanismo poco manejado por la ciudadanía.
El refugio, una institución reservada para personas que requieren protección internacional, ya sea porque están siendo perseguidos en sus países, o porque vienen de un lugar donde se están violando los derechos humanos, está regulada por la ley 20.430 desde 2010.
Si bien, los expertos y expertas en el tema señalan que en lo normativo Chile se ajusta a los estándares internacionales, en la práctica no ocurre lo mismo. Para este reportaje, Doble Espacio examinó la manera en que opera el refugio en nuestro país, y constató que las cosas no están funcionando como deberían.
Solo ocho oficiales
De acuerdo al reglamento de la ley 20.430, el proceso de reconocimiento de la condición de refugiado comienza en las oficinas del Servicio Nacional de Migraciones (SNM). Las personas que desean solicitar refugio deben presentarse allí, llenar el formulario correspondiente, y luego esperar a que los abogados del Departamento de Refugio y Reasentamiento del SNM, también conocidos como “oficiales de protección”, realicen un informe de su país de origen.
Así lo explica el abogado Alexis Aguirre, quien se desempeñó como oficial de protección hace poco más de dos años.
“Se investiga la situación particular de esa persona, en lugar y tiempo, con fuentes tanto abiertas como cerradas, y en base a ese estudio previo, se prepara una entrevista para analizar si la persona merece el reconocimiento del estatus del refugiado”, señala.
Después de las entrevistas, los oficiales de protección elaboran un informe de elegibilidad, que más tarde es revisado por la Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado (CONARE). Esta comisión, presidida por el director del Servicio Nacional de Migraciones, e integrada por representantes del Ministerio del Interior y el Ministerio de Relaciones Exteriores, analiza los informes, toma una decisión y luego le indica a un tercer actor, el subsecretario del Interior, si es que debe o no concederse el refugio.
Se trata, entonces, de un procedimiento largo y engorroso, que, de acuerdo a todas las fuentes consultadas para este reportaje, puede tardar bastante. Según la abogada Nicolle Chávez, el proceso demora entre cuatro y cinco años, algo que trae más de una dificultad a los solicitantes de refugio.
Durante el procedimiento, las personas cuentan con una visa temporal que tienen que renovar cada ocho meses, y “ese visado te genera problemas, por ejemplo, al solicitar un permiso de conducir. El plazo de validez del permiso está condicionado al plazo que tiene tu carnet, entonces, en el caso de los solicitantes de refugio, cada ocho meses tendrían que estar renovando la licencia, o al menos eso es lo que nos han indicado algunos usuarios”, señala la abogada experta en el tema.
Nicolle Chávez además se ha percatado de otro problema. Los solicitantes de refugio que quieren estudiar, y que cumplen con los requisitos académicos para entrar a la universidad, no pueden optar a becas porque cuentan con una documentación temporal. “Entonces, ahí la pregunta es: ¿Cómo pensamos la inserción de las personas solicitantes de refugio en el país?”, cuestiona Chávez.
Respecto a las razones que explican que el procedimiento sea tan largo, los expertos coinciden en que una de las principales causas es la falta de personal en el Departamento de Refugio. En abril de este año, el actual director del Servicio Nacional de Migraciones, Luis Eduardo Thayer, señaló ante la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, que, para entonces, había ocho mil solicitudes de refugio pendientes, y solo ocho oficiales de protección encargados de revisarlas.
“Yo creo que el proceso es lento por la falta de recursos humanos y técnicos con los que cuenta el Departamento de Refugio. También hay un tema de cómo agilizar o hacer más efectivos los procesos de determinación. Claramente hay un atasco, hay un ingreso que es superior a la posibilidad de egreso, y eso es algo que debería solucionarse con más recursos, capacitación y estrategias tendientes a resolver el problema”, señala el exoficial de protección, Alexis Aguirre.
Acortar la fila
En cuánto a las posibles formas de agilizar el proceso, la abogada de la Clínica de Migrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales (UDP), Valeria Álvarez, propone reformar el procedimiento. “En el sentido de disminuir la cantidad de manos por las que pasa la solicitud”.
Rodrigo Sandoval, jefe del Departamento de Extranjería y Migración (antigua denominación del SNM) durante el segundo gobierno de Bachelet, tiene una opinión similar. “Con las condiciones administrativas y económicas que hoy en día se destinan al proceso, este es inabordable. O metes más recursos, y más inteligencia, para hacerlo más eficiente, o cambias el procedimiento por uno que signifique una racionalidad distinta”, opina.
En abril, cuando el actual director del Servicio Nacional de Migraciones expuso en la Comisión de Gobierno Interior, y tras reconocer el alto número de solicitudes pendientes y la demora en el proceso por la falta de recursos humanos en el Departamento de Refugio, señaló que en el futuro habría más personal a cargo de revisar las solicitudes.
“Hoy día estamos trabajando en acelerar los procedimientos, en incorporar más gente y de alguna manera atender este cuello de botellas que tenemos”, señaló.
Respecto a la estrategia para agilizar el proceso, el único atisbo lo dio al inicio de su exposición, cuando dijo: “Nosotros históricamente hemos tenido una aplicación de la ley de refugio que cumple el objetivo de establecer mecanismos selectivos en función de no colapsar el sistema, de no incluir en los procedimientos de solicitud de refugio a personas que no están efectivamente en situación de necesidad de protección, y por lo tanto alargar la fila con personas que no necesitan protección, dificultando el acceso de aquellas que sí lo requieren”.
Los mecanismos a los que se refiere Thayer van en contra de lo establecido en la legislación. Según la ley 20.430, toda persona que se encuentre en nuestro país puede solicitar refugio, por lo que las trabas adicionales para ingresar al proceso son ilegales.
“La estrategia actual que tiene el gobierno para evitar el aumento de casos es denegar el acceso al procedimiento”, alega la abogada Nicolle Chávez.
“Eso lleva a que tengamos que judicializar cada caso, de cada persona que quiera solicitar refugio, y que la Corte de Apelaciones de Santiago le ordene al Servicio Nacional de Migraciones, después de mínimo un año: oiga, permítale ingresar al procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado (…) Si bien, la actual administración tiene un discurso de protección de la institución del refugio, se ve en los hechos que igual está poniendo trabas”, acusa.
Un número muy bajo
Según datos del Servicio Nacional de Migraciones, entre 2010 y 2021, se registraron 21.847 solicitudes de refugio, de las cuales solo se aprobaron 701. Es decir, apenas el 3,2% del total.
Lo anterior suma otro elemento al debate sobre el procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado: la institucionalidad chilena, además de tardar varios años en responder las solicitudes, se caracteriza por reconocerle la condición de refugiado a muy pocas personas.
“Definitivamente el número es muy bajo”, afirma la abogada de la UDP, Valeria Álvarez. “La autoridad tiene un estándar súper alto para determinar la condición de refugiado, y ese estándar súper alto radica en que solamente se aplica la primera parte del artículo segundo de la ley 20.430 y no la segunda parte que vendría siendo como la definición ampliada, donde entrarían las personas venezolanas, las personas cubanas y los afganos”, señala.
La ley 20.430 menciona una serie de circunstancias bajo las cuales una persona podría ser reconocida como refugiada. La primera de ellas, es cuando hay fundados temores de persecución “por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas”. La segunda, que rara vez lleva a que la personas sean reconocidas como refugiadas, tiene que ver con extranjeros cuya vida ha sido amenazada por la violencia organizada, los conflictos internos o la violación masiva a los derechos humanos en sus países de origen.
“No tenemos incorporado, en nuestra filosofía institucional, lo que está normativamente consagrado, que es el concepto amplio de refugio”, dice el exjefe del Departamento de Extranjería, Rodrigo Sandoval. “Yo creo que hay que tomar una decisión, de si mantenemos el concepto amplio o no, porque hoy día la praxis no está de acuerdo a la norma”.
La abogada Nicolle Chávez tiene una opinión similar. La gran diferencia entre la cantidad de solicitudes presentadas, versus las que son aprobadas, le hace pensar que no se está cumpliendo con lo establecido en la ley.
“Yo no diría que el Estado debe o no debe aceptar más solicitudes. El Estado lo único que debe hacer es aplicar la ley, y a ojos de la sociedad civil, de las Cortes de Apelaciones y de la Corte Suprema, no lo está haciendo”.
De acuerdo a los registros del Servicio Nacional de Migraciones, el 2020 se aceptaron solo siete solicitudes de refugio, y el 2021, 19. Con tan baja cantidad de solicitudes aprobadas, y con un procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado que tarda varios años, se confirma que, aunque nuestro país destaca en lo normativo, aún tiene mucho por hacer en lo práctico.
María Fernanda Araneda
Estudiante de Periodismo de la Universidad de Chile