** En enero de 1949, se le negaron a Elena Caffarena Morice (1903-2003) sus derechos cívicos en virtud de la ley que proscribió al Partido Comunista, donde ni siquiera militaba. La misiva de reclamación que a ese respecto envío al Conservador de Bienes Raíces versa sobre la democracia y el lugar de la mujer en un régimen que aspire a considerarse democrático; sobre el autoritarismo y la libertad. Y tiene pasajes de asombrosa vigencia. Así lo entendió, respecto de este y otros episodios de su vida, la Vicerrectoría de Extensión y Comunicaciones de la U. de Chile, que confeccionó Elena Caffarena. Una mujer pública: antología. Un libro que compila estudios, ensayos y tributos a esta pionera feminista, además de una entrevista con Diamela Eltit y la biografía que escribió su amiga Olga Poblete. Parte de la colección Maestros y maestras de la Chile, que dirige Faride Zerán, la obra incluye también textos de la propia autora, entre ellos la señalada carta, que Doble Espacio transcribe a continuación.

 

 

 

Señor Conservador de Bienes Raíces,

Elena Caffarena de Jiles, abogado, domiciliada en calle Huérfanos Nº 1011, Oficina 321, al señor Conservador de Bienes Raíces para ante el H. Tribunal de Elecciones, respetuosamente expone:

Como consta de la publicación aparecida en el Diario Oficial del día 12 del mes en curso, ha sido cancelada mi inscripción electoral a virtud de las facultades transitorias y excepcionales que la ley Nº 8987 concedió al Conservador del Registro Electoral, resolución que de ser mantenida por este H. Tribunal, me dejaría en situación de sub–individuo o de apatriada.

Por dolorosa coincidencia para mí, la resolución que me priva de mis derechos ciudadanos ocurre a tres días de la promulgación de la Ley de Voto Femenino a cuya obtención dediqué esfuerzos y sacrificios durante casi 20 años. En el acto que tuvo lugar en el Teatro Municipal, con motivo de la promulgación de dicha ley, he obtenido mi ausencia voluntaria y de haber puntualizado enérgicamente dentro de la Federación de Instituciones Femeninas mis discrepancias con su Directiva, discrepancias que me movieron a presentar mi renuncia del cargo de Vice Presidenta para el que había sido elegida por 114 votos en un total de 118 delegadas, no pudo dejarse de mencionar mi nombre entre las personas que habían contribuido de manera destacada en la conquista del sufragio para la mujer.

He luchado por el voto para la mujer, no porque sea una feminista autrance [sic], ni porque crea que las mujeres son mejores que los hombres o que el voto femenino sea en sí panacea para solucionar los problemas nacionales, sino simplemente por convicción democrática. Creo en el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo. Pienso que todos los habitantes de un país cualquiera sea su color o su raza, su cultura, su sexo, su credo político o religioso, tienen derecho a influir en los destinos de su Patria.

Para una persona que ha tenido una larga actuación cívica, sin obtener jamás un beneficio personal, ni monetario, ni honorífico; para quien se ha preocupado, con sacrificio de sus propios intereses, de la solución de los problemas nacionales; para quien se ha esforzado, dentro de sus posibilidades, de perfeccionar el régimen democrático, ampliándolo en sus bases electorales y aspirando a extenderlo de lo político a lo económico y social, no cabe duda que la aplicación de la pena de privación de los derechos ciudadanos –la que dentro del régimen de nuestro Código Penal, o sea, la ley penal fundamental, se señala exclusivamente como anexa a la pena de crimen– constituye más que un baldón o un estigma, el fracaso de sus ideales y de su vida toda.

No obstante, por esta misma convicción democrática, no podría encarar este problema sólo como una cuestión personal. En el fondo, una cancelación electoral más o menos no tiene importancia. Y estoy cierta que este H. Tribunal no ha dejado de considerar el problema en su aspecto político general y que en la resolución de los distintos casos se partirá de un concepto general que el tribunal previamente se ha formado del estudio de la ley en su texto y en sus relaciones con la Constitución Política, con los principios jurídicos fundamentales, con las normas compatibles con el grado de civilización que ha alcanzado la humanidad y sus consecuencias en la vida normal del país.

Si en estos juicios se permitiera el alegato oral podría hacerse un sucinto repaso de la historia de las persecuciones ideológicas, religiosas y raciales y hasta podría probarse cómo todas ellas han sido de una cruel inutilidad y perjudiciales para los intereses del país o del régimen que las llevó a cabo.

Podría citarse el caso de los Hugonotes en Francia, de los católicos en Inglaterra, de los liberales en la Alemania Imperial, de los judíos en el régimen nazi.

Me detendré, pidiéndole excusas al Tribunal, en este último caso. Hitler, persiguiendo a los judíos, no sólo los privó de su ciudadanía, sino también de su nacionalidad. Hombres y mujeres eminentes de raza judía se desparramaron por el mundo con el timbre rojo de APATRIADOS. A los Estados Unidos le tocó en suerte recibir a Einstein y a un grupo de matemáticos y químicos notables que después colaboraron en la fabricación de la bomba atómica, la misma bomba que iba a dar el golpe de muerte al régimen que con su ceguera los había expulsado del suelo patrio.

Cito este caso, no sólo porque es el más reciente y no se necesita recurrir a textos, sino porque de él se puede sacar una lección. Porque esta persecución que ahora presenciamos en Chile y que nos viene de afuera, que nos trae el cable, la revista, el libro, la radio, el cine; y que no es sólo anticomunista, sino que esencialmente anti–obrera y anti–liberal, en el sentido nombre de la palabra, puede constituir en sí, la bomba que ha de destruir el régimen económico actual.

Peligroso es privar a la clase asalariada de sus instrumentos legales (sindicato, huelga) para obtener el mejoramiento de la situación económica o de trabajo, y peligrosísimo también es desprestigiar y destruir los principios bases de la democracia en lo político.

Difícil me parece encontrar una persona que haya meditado con sinceridad y buena fé sobre los problemas sociales, que crea que el actual régimen asegura el bienestar de la mayoría. Este régimen que constituyó un notable avance frente al sistema feudal, al cual reemplazó, y que en su juventud entonó el glorioso: Libertad, Igualdad y Fraternidad, ha entrado en un período de decadencia y decrepitud. Millones de niños hay que mueren de desnutrición y de abandono; millones de hombres y mujeres viven en las tinieblas del analfabetismo; muchos no tienen trabajo; otros tantos no pueden conservar su salud por falta de recursos; periódicamente se desencadenan guerras por el choque de los intereses imperialistas y crisis económicas; se observa relajación moral en todas las capas sociales y hay problemas morales y materiales, como por ejemplo, el de la prostitución, el del alcoholismo, el de la inflación, que no tiene ni puede tener solución dentro de este régimen.

Pero mucha de esa gente de buena voluntad que no puede estar conforme con el régimen actual, piensa también que conviene soportarlo a cambio de la libertad política. Pero si se hace tabla rasa de ella, si con el pretexto de defender la democracia, se la viola y se la mancilla, muchos tendrán que pensar que entre no tener libertades políticas para mantener un régimen decadente e injusto, y no tenerla para dar un paso adelante, para ensayar algo mejor, la elección no es difícil.

No pertenezco, ni he pertenecido nunca al Partido Comunista y, a pesar de las sanciones de la Ley Nº8987, declaro enfáticamente que las reflexiones contenidas en el párrafo anterior melas he hecho muchas veces, y que si no me pesaran los años y no estuviera con mi salud seriamente quebrantada, ya habría tomado una decisión.

La Constitución Política del Estado, asegura la libertad de conciencia y concede al individuo el derecho de no ser interrogado sobre sus ideas políticas, religiosas o sociales, y menos aún sobre sus procesos mentales. Si he dejado aquí estampada mi reacción frente al atropello sistemático de los principios democráticos, principios que desde hace siglos creíamos incorporados al acervo de la humanidad, es con el propósito de hacer que el Tribunal pese su responsabilidad frente a las consecuencias que en la actitud de millares de individuos tiene que producir esta ola de persecuciones.

Si es importante que la gente no pierda su fé en la democracia política, más importante aún es que no pierdan su confianza en los tribunales, porque cuando el pueblo se convence que no puede esperar justicia y protección en el mecanismo legal busca otros medios, casi siempre crueles y dolorosos.

De conformidad a la ley Nº 8987 V.SS. deben fallar esta reclamación en conciencia. Como dijo la Excma. Corte Suprema, en un fallo que reproducen casi todos los tratadistas (Rev. de Derecho, Tomo XXX, segunda parte, sección 1ª. pág. 501), “En manera alguna la ley ha querido, con entregar la apreciación de la prueba en conciencia, dejarlas al azar, al capricho y a la arbitrariedad”.

Y yo me pregunto: ¿Qué antecedentes existen en autos para que el Tribunal se forme ese juicio?

Estos antecedentes no existen y, lo que es peor, es imposible obtenerlos.

Hay un hermetismo absoluto y total sobre los antecedentes que se han tenido en vista para cancelar las inscripciones. Cabe preguntarse: ¿Estamos en Chile en el año de 1949 o estamos en Venecia en los tiempos del Dux o nos encontramos frente a un proceso de la Inquisición de los tiempos de Felipe II?

Consta del documento, copia autorizada de otros que he hecho protocolizar, que he hecho los mayores esfuerzos para conocer cuál es la presunción legal que específicamente me afectaría o los antecedentes de hecho que han determinado la cancelación de mi inscripción.

Solicité en primer lugar del Ministerio del Interior, que indicara los cargos que obraban en su poder. Mi solicitud me fue devuelta con la siguiente providencia: “Vuelva a la interesada haciéndole presente que en conformidad con lo establecido en el artículo segundo transitorio de la ley de Defensa de la Democracia, corresponde al Director del Registro Electoral cancelar las inscripciones en el Registro Electoral y en consecuencia ante él debe recurrirse para obtener las certificaciones que se piden.” Firma don Héctor Grez, Subsecretario.

Me presenté entonces al señor Director del Registro Electoral, quien certificando expresa que mi cancelación se hizo “en razón de haberse incluído su nombre en las nóminas respectivas del Ministerio del Interior”.

Estas dos certificaciones contradictorias y en las que dos altas autoridades o han pretendido burlarse de una persona o descargarse mutuamente la responsabilidad, son a mi juicio, lapidarias y servirán cuando pase el momento de ofuscación en que vivimos, para juzgar la forma irresponsable, irrespetuosa, atrabilaria y abusiva con que se ha procedido al hacer las cancelaciones electorales.

Ni en el Ministerio del Interior, ni en Investigaciones, ni en oficina alguna confidencial o de soplonaje, puede existir antecedentes de actividades políticas–partidistas, que jamás he realizado.

Sólo excepcionalmente y por considerar que dentro de nuestro sistema de gobierno de tipo presidencial, la calidad personal del Presidente de la República influye sustancialmente en los destinos del país, es que he participado en dos campañas electorales.

Dediqué esfuerzos extraordinarios durante la campaña electoral de don Pedro Aguirre Cerda, desempeñando el cargo de Secretaria de Organización del Comité Nacional Femenino. No participé en la campaña electoral de don Juan Antonio Ríos porque no tenía fé –aunque después he comprobado mi error– en sus convicciones democráticas.

Trabajé, por último, en la campaña electoral de don Gabriel González Videla. Como delegada–observadora de la Federación de Instituciones Femeninas, participé en la convención redactora del PROGRAMA DE GOBIERNO. Fui, además, Primera Vice-Presidenta del Comité Nacional Femenino y ayudante en la recaudación de fondos.

¿Merezco por estos actos políticos la pena de privación de mis derechos cívicos?

Con la sinceridad que he querido volcar en este documento, que no es el de un abogado que trata de ganar “el caso” a toda costa, sino de una mujer dolida y herida al ver cómo se están desprestigiando los principios democráticos y llevando al país a situaciones de violencia, declaro que muchas veces me he hecho examen de conciencia y he reconocido que merezco un castigo por haber contribuido a la elección del señor Gabriel González Videla. Pero, como tengo la atenuante de que no me era dable interpretar intenciones, ni podía suponer que el Programa que le había visto y oído jurar, no sería cumplido, estimo que la pena anexa a la de crimen que se me ha impuesto es exagerada.

En todo caso, de los autos no resulta cargo alguno en mi contra.

Yo no podría al H. Tribunal hacerle la injuria de suponer que para él constituye mérito bastante el que figure en una lista del Ministerio del Interior; porque el H. Tribunal no es ni puede ser un simple buzón de denuncias. Este tribunal no tendría razón de ser si se limitara a aceptar lo que el Ministerio o una oficina administrativa le indica, sin especificarse los hechos en que se funda el juicio de ese ministerio u oficina. Si tal hubiera sido el espíritu del legislador, habría entregado la facultad de cancelar al mismo Ministerio, sin recurrir a un tribunal que no tendría más objeto que dar una apariencia de justicia.

Ignoro si el Tribunal tendrá los medios para exigir los antecedentes de hecho que ha determinado mi inclusión en la lista del Ministerio, si es que es cierto lo que afirma el señor Zañartu, pero en todo caso resultaría verdaderamente inicuo que la parte interesada no pudiera defenderse para tacharlos si son falsos o para interpretarlos debidamente, si han sido tergiversados.

Termino afirmando categóricamente que no pertenezco ni he pertenecido nunca al Partido Comunista y que no me afecta ninguna de las presunciones previstas en el artículo 3º transitorio de la Ley Nº 8987 y ni siquiera ninguna de las que además ha inventado el Conservador del Registro Electoral en la resolución que encabeza la nómina de los cancelados.

POR TANTO,

Dígnese el señor Conservador de Bienes Raíces tener por interpuesta la presente reclamación para ante el H. Tribunal Calificador, a fin de que este tribunal la acoja y ordene restablecer mi inscripción que se encuentra en la sección 5ª, de la Séptima Comuna Maestranza, Nº 130.

Santiago de Chile, Enero de 1949